Además de traer una ilusión infinita a toda la familia, incluso, un pan debajo del brazo según cita el refrán, la llegada de un bebé al mundo supone llevar a cabo toda una serie de trámites administrativos. Toma nota de los trámites que debes realizar tras el nacimiento del bebé, a continuación.
¿Cuáles son los trámites tras el nacimiento de un hijo?
Gracias al avance que ha experimentado la tecnología, a día de hoy, no es necesario desplazarse para realizar algunos de los trámites administrativos obligatorios tras el nacimiento de un bebé en España. Aunque, en la mayoría de las familias, se suele esperar a que la mujer reciba el alta hospitalaria para hacer algunos de estos trámites, ya que su presencia es probable que sea obligatoria. Si acabáis de ser papás o estáis a punto de serlo, tomad buena nota de todos el papeleo que debéis realizar tras el nacimiento en los próximos días:
1. Inscripción en el Registro Civil
Se trata de un trámite obligatorio que se puede llevar a cabo entre las 24 horas y los ocho días posteriores al alumbramiento. En los casos de fuerza mayor, este periodo se puede ampliar a 30 días.
Desde el año 2016, muchos hospitales públicos permiten a los padres hacer la inscripción de nacimiento del bebé en el registro civil desde sus mismas instalaciones. En caso de que tu hijo haya nacido en una clínica que no facilita la realización de este trámite, deberás acudir al Registro Civil del lugar de nacimiento o del registro más cercano a vuestro domicilio.
Los documentos que necesitarás para inscribir a tu hijo en el Registro Civil en España son: libro de familia, DNI del padre y de la madre (original y fotocopia), y toda la documentación que os han dado en la maternidad.
En caso de que se quiera inscribir al bebé en el registro en donde están empadronados los padres, a todos estos documentos que hemos citado, hay que añadir también el certificado de empadronamiento de ambos padres, y un certificado de que no se ha inscrito al niño en la localidad donde ha nacido, a través del hospital.
Puedes aprovechar la inscripción en el Registro Civil para solicitar el certificado de nacimiento de tu bebé. Si has acudido al Registro Civil, puedes solicitarlo en el mismo momento, y si has completado el formulario de inscripción en el hospital, te enviarán el certificado por correo en unos días.
3. Tarjeta sanitaria
Este trámite debe realizarse en un breve periodo de tiempo después del parto dado, dado que el bebé tiene que acudir al centro de salud a dejar la segunda muestra de la prueba del talón, que se realiza a partir del cuarto día de vida.
El alta del bebé en la Seguridad Social se puede tramitar por internet, a través de la web de la Seguridad Social. Pero para usar estos servicios electrónicos los padres han de identificarse con el DNI electrónico o con certificado digital. Los documentos necesarios para este trámite en España son: el DNI de los padres, el libro de familia actualizado o junto al certificado de nacimiento, y el formulario cumplimentado.
4. Empadronamiento
Otro trámite obligatorio es inscribir al recién nacido en el padrón municipal, aunque en algunos municipios el Registro Civil informan al ayuntamiento y se realiza el trámite de forma automática. En los municipios que no lo hagan de forma automática, se deberá acudir al ayuntamiento y solicitar la inscripción.
Otros trámites que necesitarás completar tras el nacimiento de tu bebé son: la baja por maternidad si eres madre trabajadora por cuenta propia o por cuenta ajena, la baja por paternidad para padres que trabajan, y la deducción por maternidad (que se concede sólo a madres trabajadoras).